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Quiero crear una asociación

¿Por qué crear una asociación?

  • Permite actuar como grupo reconocido legalmente.
  • Refuerza la representación y voz de tu comunidad.
  • Da acceso a convenios, espacios públicos, etc.

Requisitos mínimos

  • Al menos 3 personas mayores de edad.
  • Acuerdo común sobre fines, estructura y funcionamiento.
  • Dirección física (aunque sea un domicilio particular inicialmente).

Pasos para la constitución

  1. Redactar el acta fundacional y los estatutos.

  2. Rellenar el modelo de solicitud de inscripción.

  3. Presentar toda la documentación en el registro correspondiente (nacional o autonómico).

  4. Obtener el NIF de la asociación.

  5. Registrar la sede y preparar el acceso al certificado digital.


Obtención del NIF

Toda asociación necesita un NIF (Número de Identificación Fiscal) para abrir una cuenta bancaria, acceder a subvenciones o firmar contratos. Para obtenerlo, sigue estos pasos:

  1. Solicita el NIF provisional presentando el Modelo 036 en la Agencia Tributaria. Deberás adjuntar:

    • Copia del acta fundacional

    • Estatutos firmados

    • DNI/NIE de la persona representante

  2. Una vez inscrita tu asociación en el registro correspondiente, solicita el NIF definitivo con el certificado de inscripción.

Puedes hacer el trámite presencialmente en cualquier oficina de Hacienda o telemáticamente con certificado digital a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.


¿Puedo usar mi casa como sede?

Sí, puedes usar tu vivienda como sede de tu asociación.
Es completamente legal siempre que la dirección sea estable y se pueda recibir correspondencia. Esta opción es común, especialmente al inicio, y no implica ningún coste adicional. Solo asegúrate de contar con el consentimiento de los propietarios si no eres el titular del inmueble.

No, el proceso es completamente gratuito.
La constitución de una asociación en España no requiere el pago de tasas administrativas si se realiza de forma telemática con certificado digital. Incluso si decides hacer el trámite en papel, los costes son mínimos o inexistentes. Además, en nuestra plataforma ofrecemos apoyo gratuito para guiarte durante todo el proceso.


El tiempo estimado es de entre 1 y 2 meses.
Una vez presentada toda la documentación correctamente, el Registro Nacional de Asociaciones suele tardar entre 30 y 60 días en emitir una resolución. El plazo puede variar dependiendo de la carga de trabajo del registro y de si es necesario subsanar errores o aportar documentos adicionales.

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